GETAFE JOVEN
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Fuente: 20/05/2022

¿Puedo cobrar el paro y viajar al extranjero? La Asesora Jurídica responde

Desde la asesoría Jurídica compartimos una consulta muy frecuente en estas fechas

Estoy cobrando prestación contributiva por desempleo y por motivos familiares tengo que desplazarme la extranjero durante más de 30 días, ¿puedo seguir cobrando mi prestación? 


Si estás cobrando prestación contributiva, subsidio por desempleo o la renta activa de inserción y te trasladas al extranjero, por cualquier causa, si la estancia fuera va a ser por un periodo entre 15 y 90 días naturales, continuado o no, cómo máximo dentro de cada año natural, las prestaciones se suspenden.


Antes de salir tienes que comunicar previamente al SEPE y con carácter obligatorio, y que éste autorice la salida.


Durante este periodo tu prestación queda interrumpida y una vez que vuelvas sigues sin trabajo, puedes solicitar la reanudación de dicha prestación, volviendo a percibir las prestaciones a partir del día siguiente al de su regreso a España, siempre que solicite la reanudación, en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha.


Si no comunicas al SEPE el traslado, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador.


Otras causas de traslado al extranjero con  igual procedimiento de comunicación previa obligatoria son:



  • Por motivos laborales durante menos de 1 año, entendiendo por estos motivos, buscar o realizar un trabajo, para acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional. Si el traslado supera el año la prestación se extingue. 


La asesoría jurídica asesora y ayuda con cualquier consulta legal, laboral, o de cualquier otro tema jurídico. Puedes consultar de forma individual o en grupo (asociados en entidades de carácter juvenil, estudiantil o cultural).Atención presencial: lunes y jueves de 10h a 14h. miércoles de 16h a 19h. Atención telemática: de lunes a viernes de 10h a 14h. 91 202 79 91 - 683 294 733 juridica.siaj@ayto-getafe.org

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